Derecho de Autor en Ecuador

[toggle title_open=”¿Qué es el derecho de autor en mi país?” title_closed=”¿Qué es el derecho de autor en mi país?” hide=”no” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]Es la protección jurídica que se brinda a los autores y compositores sobre los derechos morales y patrimoniales que tienen sobre sus obras, conforme a la normativa vigente en materia de Propiedad Intelectual.[/toggle] [toggle title_open=”¿Qué aspectos de mi obra están protegidos por el derecho de autor?” title_closed=”¿Qué aspectos de mi obra están protegidos por el derecho de autor?” hide=”yes” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]Se protegen los derechos morales y patrimoniales que se pueden generar por la utilización de las obras en: La producción o fijación de cualquier medio o por cualquier procedimiento de la obra, La comunicación pública de la obra, La distribución de ejemplares de la obra, La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra.[/toggle] [toggle title_open=”¿Qué trámites debo hacer para proteger mi obra?” title_closed=”¿Qué trámites debo hacer para proteger mi obra?” hide=”yes” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]Se protege a la obra por el solo hecho de su creación; pero es importante registrar la obra u obras en el sistema de registro del Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual, IEPI, así el autor se beneficiará de la presunción de autoría que la ley reconoce a su favor. Para esto hay tres formas de hacerlo:

  1. Ingresando a la página web (www.iepi.gob.ec) ahí debes indicar el banner “Formularios” y bajar hasta el ítem Derechos de Autor y Derechos Conexos y buscar el formato de registro que te sea útil para tu necesidad.
  2. Acercarse a las oficinas de Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual que están en las ciudades de Quito, Guayaquil y Cuenca.
  3. Si eres socio de SAYCE, la misma institución se encarga de realizar el trámite de registro de sus obras en el IEPI.

Es importante señalar que para registrar la o las obras se debe pagar una tasa, les sugerimos
contactarse con el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual, para consultar dicho monto.[/toggle] [toggle title_open=”¿Cómo se protege mi obra en la web?” title_closed=”¿Cómo se protege mi obra en la web?” hide=”yes” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]Por el hecho de ser autor, el titular del derecho puede ejercer acciones administrativas ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual mediante la interposición de una tutela administrativa o una acción judicial ante los Tribunales de lo Contencioso Administrativo que son competentes para los temas de Propiedad Intelectual, en contra de quienes sean los proveedores del material ilegal, o quien lo utilice ya que la Ley de Propiedad Intelectual en su articulo 20 confiere la exclusividad al autor de autorizar o prohibir el uso de su obra, su explotación a través de los distintos medios posibles, el costo que tiene este trámite es USD $ 80,00, salvo variación en el costo, se confirma directamente en la pagina Web del IEPI.[/toggle] [toggle title_open=”¿Cuánto tiempo queda protegida mi obra, luego de ser inscrita?” title_closed=”¿Cuánto tiempo queda protegida mi obra, luego de ser inscrita?” hide=”yes” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]El derecho de Autor se protege durante toda la vida del Autor y 70 años después de la muerte de
este.[/toggle] [toggle title_open=”¿Qué es el derecho moral de autor? ¿Está protegido por mi país?” title_closed=”¿Qué es el derecho moral de autor? ¿Está protegido por mi país?” hide=”yes” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]El Derecho Moral de Autor si se encuentra protegido en el Ecuador; y, constituyen derechos morales irrenunciables, inalienables, inembargables e imprescriptibles del autor:

a) Reivindicar la paternidad de su obra;

b) Mantener la obra inédita o conservarla en el anonimato o exigir que se mencione su nombre o seudónimo cada vez que sea utilizada;

c) Oponerse a toda deformación, mutilación, alteración o modificación de la obra que pueda perjudicar el honor o la reputación de su autor;

d) Acceder al ejemplar único o raro de la obra que se encuentre en posesión de un tercero, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda; y,

e) La violación de cualquiera de los derechos establecidos en los literales anteriores dará lugar a la indemnización de daños y perjuicios independientemente de las otras acciones contempladas en esta Ley.[/toggle] [toggle title_open=”¿Cuáles son las limitaciones y excepciones al derecho de autor?” title_closed=”¿Cuáles son las limitaciones y excepciones al derecho de autor?” hide=”yes” border=”yes” style=”white” excerpt_length=”0″ read_more_text=”Leer +” read_less_text=”Cerrar” include_excerpt_html=”no”]Al respecto el artículo 83 de la Ley de Propiedad Intelectual Ecuatoriana dice:

Siempre que respeten los usos honrados y no atenten a la normal explotación de la obra, ni causen perjuicios al titular de los derechos, son lícitos, exclusivamente, los siguientes actos, los cuales no requieren la autorización del titular de los derechos ni están sujetos a remuneración alguna:

a) La inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico, fotográfico, figurativo o análogo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de
investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada;

b) La ejecución de obras musicales en actos oficiales de las instituciones del Estado o ceremonias religiosas, de asistencia gratuita, siempre que los participantes en la comunicación no perciban una remuneración específica por su intervención en el acto;

c) La reproducción, distribución y comunicación pública de artículos y comentarios sobre sucesos de actualidad y de interés colectivo, difundidos por medios de comunicación social, siempre que se mencione la fuente y el nombre del autor, si el artículo original lo indica, y no se haya hecho constar en origen la reserva de derechos;

d) La difusión por la prensa o radiodifusión con fines informativos de conferencias, discursos y obras similares divulgadas en asambleas, reuniones públicas o debates públicos sobre asuntos de interés general;

e) La reproducción de las noticias del día o de hechos diversos que tengan el carácter de simples informaciones de prensa, publicados por ésta o radiodifundidos, siempre que se indique su origen;

f) La reproducción, comunicación y distribución de las obras que se encuentren permanentemente en lugares públicos, mediante la fotografía, la pintura, el dibujo o cualquier otro procedimiento audiovisual, siempre que se indique el nombre del autor de la obra original y el lugar donde se encuentra; y, que tenga por objeto estrictamente la difusión del arte, la ciencia y la cultura;

g) La reproducción de un solo ejemplar de una obra que se encuentra en la colección permanente de bibliotecas o archivos, con el fin exclusivo de reemplazarlo en caso necesario, siempre que dicha obra no se encuentre en el comercio;

h) Las grabaciones efímeras que sean destruidas inmediatamente después de su radiodifusión;

i) La reproducción o comunicación de una obra divulgada para actuaciones judiciales o administrativas;

j) La parodia de una obra divulgada, mientras no implique el riesgo de confusión con ésta, ni ocasione daño a la obra o a la reputación del autor, o del artista intérprete o ejecutante, según el caso; y,

k) Las lecciones y conferencias dictadas en universidades, escuelas politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos, colegios, escuelas y centros de educación y capacitación en general, que podrán ser anotadas y recogidas por aquellos a quienes van dirigidas para su uso personal.[/toggle]

Para mayor información o consultas específicas, enviar un mail a alexandram@sayce.com.ec

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